Las cookies son uno de los aspectos que más hay que cuidar en términos de protección de datos. Hace unos meses, a finales de 2019, la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) publicó una guía sobre el uso de las cookies en la que, entre otras cosas, se indicaba que para cumplir con la base legal del RGPD bastaba con que el usuario que entrara en una página hiciese una “acción positiva”, bien hacer scroll, navegar a otra página de la misma web o darle click a consentir las cookies.

Esta normativa facilitaba en gran medida todo el tema del uso de cookies, ya que permitía prescindir de las cookies con acciones que no aseguraban una aceptación de las mismas. Sin embargo, en julio de 2020, se ha producido una actualización de la guía debido a que las bases fueron modificadas en mayo de este mismo año.

En esta actualización se indica que la opción de “seguir navegando” no es una forma válida de consentimiento, ya que se puede confundir con otro tipo de interacciones que quiera hacer el usuario dentro del sitio web, siendo el consentimiento bastante confuso.

 

Dificultades de las empresas para adaptarse a la nueva normativa de “cookies”

Está claro que desde un punto de vista de seguridad y práctico los nuevos mecanismos que se proponen son más respetuosos con la privacidad del usuario, además de alejar la inseguridad jurídica que se generaba en ciertas situaciones.

Sin embargo, según observan varios expertos en el tema, todavía falta una concienciación mayor sobre la importancia del consentimiento de cookies en el avance del comercio electrónico. Tanto es así, que muchas empresas españolas y mundiales han sufrido dificultades por no coordinar adecuadamente los apartados jurídicos e informáticos de la empresa.